Aviso legal

Para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la 

sociedad de la información y de comercio electrónico, a continuación, se indican los datos de 

información general de este sitio: 

Titular: ABAD SOCIAS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. 

Dirección: C/ Ramon Berenguer III nº22, entlo. CP. 07003. Palma de Mallorca. Illes Balears 

E-mail: [email protected] 

Teléfono: 971460656 

Datos registrales: 

CIF: B57184327 

Registro DGS: IB-S057-MA 

Nº Poliza RCG:78000857-AXA

Sistema interno de Comunicación

Para dar cumplimiento a la normativa europea especificada en el artículo 199 del RD-Ley 03/2020, de 4 de febrero, ABAD SOCIAS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. dispone de un servicio externalizado de denuncia para empleados, personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión y cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores al que pueden contactar a través del siguiente enlace https://e2kglobal.com/canal-de-denuncia-publica/

INFORMACION PREVIA A FACILITAR AL CLIENTE 

ABAD SOCIAS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. 

C/ Ramon Berenguer III nº22, entlo. CP. 07003. Palma de Mallorca. Illes Balears

  1. La actividad profesional de los corredores/corredurías de seguros está regulada en el Real Decreto – Ley 03/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea, y entre otros, en el ámbito de los seguros privados, garantizando así la protección de los derechos de los clientes.
  2. Para su conocimiento, y a los efectos legalmente prevenidos, le informamos que éste/a corredor/correduría de seguros:
  3. a) Cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley, estando inscrito/a en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros con el número de clave IB-S057-MA, que puede Vd comprobar en la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones www.dgsfp.mineco.es 
  4. b) Tiene suscrita póliza de Responsabilidad Civil Profesional y dispone de capacidad financiera legalmente establecida, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artº 157.1, apartados f) y g). Nº Poliza RCG:78000857-AXA
  5. c) Cuenta con un departamento de atención al cliente externalizado, encargado de atender y resolver sus quejas y reclamaciones, a través de Carlos Zafra Moreno cuyos datos son los siguientes Carlos Zafra Moreno, letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Baleares, colegiado número 3.955, con despacho profesional en la calle General Riera, 1 5ºC de Palma de Mallorca.
  6. d) Tiene establecido el tratamiento de sus datos de carácter personal, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.1 LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 
  7. e) La remuneración percibida por su actividad de correduría revestirá únicamente la forma de comisiones.
  8. Los corredores/corredurías de seguros, actuando en nombre de sus clientes, son los únicos profesionales facultados para asesorarle desde la más estricta independencia e imparcialidad, respecto de las entidades aseguradoras. Es por ello, que las ofertas que sometemos a su consideración han sido basadas en un análisis objetivo y personalizado, consistente en analizar un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado en los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación personalizada, ateniéndome a mis criterios profesionales respecto al contrato de seguro que entiendo es más adecuado a sus necesidades. En consecuencia, todas las ofertas de productos que siempre sometemos a su consideración, teniendo en cuenta la información que nos ha suministrado y las inquietudes que nos ha transmitido, entendemos son el/los producto/s que mejor encaja/n en sus exigencias y necesidades de cliente.
  9. El corredor/correduría informa igualmente al cliente del contenido del artº 21 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, de forma tal que las comunicaciones que el mediador curse a la aseguradora surtirán los mismos efectos como si las realizara el propio interesado (tomador).